Después del Artículo sobre la vuelta del trueque de viviendas os traemos una interesante web donde podréis buscar inmuebles en Permuta e informaros sobre los trámites a seguir, se trata de www.sepermuta.es
La permuta, ¿a quién interesa?
Los que no pueden afrontar los pagos de su hipoteca
Personas que no pueden hacer frente a su hipoteca, pueden permutar su piso por uno de menor valor y recibir compensación económica a cambio.
Personas mayores con pisos grandes
Cuando se van los hijos de casa, las personas mayores, puden permutar su piso por uno más pequeño y recibir compensación a cambio que les permita vivir más holgadamente. También lo pueden permutar por un piso más céntrico.
Todo aquél que quiera cambiar de casa
A través de la permuta te evitas los riesgos de la compra-venta y te ahorras unos dineros.
VPO
Si tienes un piso de VPO, también te puede interesar.
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Vacaciones
Para todos los que no pueden permitirse unas vacaciones, a través de la permuta temporal podrían tenerlas.
¿Hay un precio mínimo establecido a la hora de la permuta?
A la hora de permutar, no hay ningún precio mínimo establecido, puesto que en una permuta no hay precio, sí valores que hay que dar para posteriormente pagar los impuestos correspondientes a la Administración. Para valorar un inmueble y que sea correcto para la Administración, normalmente éste debe ser como mínimo el valor catastral más un coeficiente por el que se ha de multiplicar ese valor, pero es aconsejable establecer valores de mercado.
¿Cómo se puede realizar la permuta cuando una de las viviendas a permutar esta hipotecada?
Independientemente de que esté hipotecada una de las viviendas, la permuta se puede realizar perfectamente, subrogándose el nuevo propietario en la hipoteca, constituyendo otra de nueva o, incluso, cancelándola.
¿Cómo se puede realizar la permuta cuando las dos viviendas a permutar están hipotecadas?
En este caso las dos partes se deberán subrogar en las respectivas hipotecas. El único inconveniente de este tipo de operaciones es que hay que calcular muy bien los valores de las viviendas a permutar, de sus hipotecas, etc. En principio no ha de haber ningún inconveniente en hacerlo, más que establecer correctamente los valores respectivos y las cuantías de las hipotecas que aún quedan por pagar, para ver si hay que hacer compensaciones económicas.