Trampas en las hipotecas

A la hora de buscar un banco que nos ofrezca las mejores condiciones para nuestra hipoteca (si no te obligan cuando compras el piso o casa a tener que hacer la hipoteca con un banco en concreto), la búsqueda se convierte en toda una odisea porque, si bien ves montones de anuncios, lo cierto es que después la letra pequeña es algo que no nos fijamos y, al final, acabamos cometiendo errores.

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Hoy en día en España son muchos los que se amparan en la letra pequeña para cometer fraudes o, al menos, para no decir toda la verdad. Es cierto que hay que leer todo muy bien y preguntar cuantas veces haga falta antes de firmar nada pero, por si acaso, aquí te hablaremos de las trampas más frecuentes que se suelen dar:

  • Cuidado con los anuncios. Es cierto que dan unas condiciones que pueden ser muy beneficiosas pero eso es sólo para “clientes ideales”, es decir, para aquellos que cumplan todos los requisitos que el banco quiera. De lo contrario, algo hará el banco para asegurarse que no corre riesgo.
  • En los anuncios se anuncian muchas condiciones, ¿verdad? Pues tendrás que comprobar que se pueden tener esas condiciones a la vez porque, a veces, esas condiciones son excluyentes entre sí (o ellas mismas tienen letra pequeña).
  • Cuidado con las cuotas bajas los primeros años, los siguientes pueden suponer un gran sablazo al bolsillo, a veces imposible de cubrir con el sueldo que tenemos.

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La caída de las hipotecas en febrero fue la mayor desde que empezó la crisis

La tendencia negativa de los créditos para la compra de vivienda no sólo no se revierte, sino que se agudiza. De acuerdo con los datos provisionales de febrero, publicados esta mañana por el Banco de España, la contracción de los préstamos hipotecarios alcanza ya el 3,7% interanual. En febrero de 2012 el ritmo de caída estaba en el 2%.

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Tras este ulterior descenso, el saldo de créditos para vivienda en manos de las entidades financieras se situó en 635.315 millones de euros. En un mes se redujo en 3.124 millones.

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¿Derecho a una vivienda digna?

La opinión pública suele argumentar que el derecho a una vivienda digna está recogido en la Constitución, y que el Estado hace dejación de sus funciones al no permitir el acceso masivo de los ciudadanos a un techo en propiedad, en alquiler u otro tipo de uso y disfrute.

Concretamente el artículo 47 reza:

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.

La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Desde luego lo de todos los españoles tienen derecho a una vivienda y lo de impedir la especulación, como que no es un derecho constitucional muy plasmado en la realidad. Antes de continuar tenemos que tener claro que no todos los derechos recogidos en la Carta Magna tienen la misma importancia.

El Capítulo II Derechos y libertades, la Sección I relaciona los derechos fundamentales y las libertades públicas, que tienen la máxima defensa por parte del Estado; entre ellos están el derecho a la vida y a la integridad física o la irretroactividad del derecho punitivo.

En cambio la Sección III incluye una serie de disposiciones agrupadas bajo el título de “Principios rectores de la política social económica” cuya realización efectiva es mucho más difusa. El derecho a una vivienda digna, la protección integral de los hijos, una política orientada al pleno empleo o la protección de la salud figuran entre estos principios rectores. La protección de unos y otros es muy diferente, siendo éstos una orientación más que una obligación concreta. En otro caso, el paro sería inconstitucional.

Recientemente el Tribunal Constitucional ha dictado un Auto en relación al derecho a una vivienda digna y la posible vulneración de este derecho de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en cuanto al procedimiento de ejecución hipotecaria.

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¿Qué vivienda me puedo permitir?

Después del parón veraniego, seguimos con la pequeña guía sobre cosas a tener en cuenta para encontrar un hogar ideal, ya tenemos claras nuestras preferencias, qué tipo de vivienda estamos buscando y dónde y algunas cosas a comprobar cuando estás visitando una vivienda vamos a intentar responder la pregunta del millón, nunca mejor dicho 🙂 ¿qué vivienda me puedo permitir?.

Dando por hecho que no tenemos todo el dinero para comprar la vivienda en efectivo, vamos a necesitar una hipoteca…por lo que vamos a partir este post en dos partes. Primero veremos ¿qué cuota mensual podemos pagar? y después ¿qué ahorros necesitamos? para hacer frente a la entrada y a los gastos e impuestos derivados de la compra de una vivienda y de la apertura de la hipoteca.

Para tener una idea orientativa de la cuota que podrás pagar mensualmente, suma todos tus ingresos netos anuales y divídelos entre 12, depende de cada uno, y sobre todo de los requisitos del banco que te de la hipoteca, pero como norma general no deberías destinar a la compra de la vivienda más de un 35% de tus ingresos netos mensuales, máximo 40% si tienes ahorros y vas holgado en otros gastos. Con esto ya tienes el importe de cuota al que podrás hacer frente cada mes.

Vamos con los ahorros que necesitarás para comprar una vivienda. Debes tener presente que actualmente las entidades financieras suelen financiar hasta el 80% del valor de tasación de la vivienda (si la vivienda es del mismo banco, en algunos casos puedes encontrar una hipoteca 100% pero ya no abundan como antes). Seguro que habías oído a hablar de hipotecas que daban hasta un 110 o un 120%, olvídate de ellas ya no existen. Considerando el primer caso (hipoteca 80%) necesitarás tener al menos ahorrado el 20% del valor de tasación para pagar la entrada del piso.

Seguimos, porque por desgracia esto no se acaba aquí, nos quedan los gastos e impuestos a pagar por dos conceptos la compra de la vivienda y la constitución de la hipoteca: esto es, el IVA o ITP, el  IAJD, la tasación, la notaría, la gestoría, el registro, los seguros, la comisión de apertura,…

¿Cuánto me va a costar formalizar la hipoteca?

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